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Municipio Cabimas: La Administración Tributaria Municipal ha revisado las distintas ordenanzas que regulan los impuestos

|Con información de prensaalcaldiadecabimas
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La Superintendente del Servicio Autónomo de Administración Tributaria del municipio Cabimas (SATRICA) Viviana Zapata, señaló que la Administración Tributaria Municipal, ya ha revisado las distintas ordenanzas que regulan los impuestos en Cabimas y se han elaborado proyectos de reformas de las mismas , actualizando y adaptándolas a la legislación nacional, que una vez presentados, discutidos y aprobados por el Concejo Municipal, entraría en vigencia el año 2023.

Es menester indicar que para el ejercicio económico 2020, estuvo vigente la Ordenanza sobre Administración Tributaria del municipio Cabimas publicada en la Gaceta Municipal #04, Extraordinaria #83 de fecha 17 de diciembre del 2018 , por lo que, durante ese año estuvo vigente la Unidad de Cálculo Municipal, razón por la cual las sanciones establecidas en dicha unidad aplicables por la comisión de ilícitos formales, ocurridos durante el periodo de vigencia de la misma no han sido aplicadas por la Administración Tributaria, solo siendo aplicable las sanciones pecuniarias variables , es decir las establecidas en términos porcentuales por la comisión de ilícitos materiales.

Zapata, aclaró que por consiguiente, la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza sobre Administración Tributaria Municipal (2020) sólo ha sido aplicada a los periodos vigentes desde su entrada en vigencia , es decir, para los años 2021 y 2022.

*Obligación de pagar impuestos*

De igual manera, la superintendente, recalcó que la obligación de pagar impuestos tiene origen en la necesidad que posee el Estado, de financiar el gasto público que le permita satisfacer las necesidades públicas colectivas y garantizar el bienestar de sus ciudadanos.

Explicó que la facultad de recaudar los impuestos constituye un derecho pecuniario del Estado y los ingresos, por tal concepto corresponden a la fortuna de la comunidad , de modo que las infracciones a las normas tributarias constituyen verdaderos delitos contra el patrimonio público.

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Dijo que el objetivo principal de las sanciones tributarias consiste en lograr el cumplimiento voluntario de la obligación tributaria, es decir que todos los contribuyentes la determinen y paguen en forma cabal, oportuna y voluntaria

Además las sanaciones fiscales tienen un carácter sancionador establecido para prevenir y reprimir las transgresiones a las normas de contenido tributario.

Según lo expuesto por la superintendente, hasta la fecha , en el Servicio Autónomo de Administración Tributaria de Cabimas , no se ha recibido ninguna solicitud de eximente de la responsabilidad por ilícitos tributarios por caso fortuito y/o fuerza mayor de conformidad con el artículo 85 numeral 3 del Código Orgánico Tributario (2020), en el cual se invoque y se pruebe que la epidemia relacionada con el Covid 19 , le haya impedido cumplir con sus obligaciones tributarias.

Cabe destacar , Viviana Zapata, superintendente de SATRICA emitió un comunicado en relación a los puntos expuestos y de otra índole con la finalidad de aclarar cualquier inquietud de los contribuyentes.

Texto: Gayledys Barrientos/Imagen: Prensa Alcaldía de Cabimas.

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